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| Acuerdo 2097 Por el cual se aprueba la modificación de la capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula | ||
| Acuerdo Número:
2097 |
Fecha de expedición:
5 Febrero, 2026 |
Fecha de entrada en vigencia:
11 Febrero, 2026 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 824 del 5 de febrero de 2026 y, |
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Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1898 de 2024, EPM ESP solicitó al CND mediante comunicación con número de radicado en XM 202544028871-3 del 05 de diciembre de 2025, actualizar el parámetro capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula, con el objetivo de lograr en las situaciones donde no se puede generar con las 3 unidades a la vez por motivos de indisponibilidad de una de ellas, se pueda aumentar la generación de las otras, ya que estas tienen una capacidad de generación mayor a la que actualmente está declarada, esto no implica cambiar la capacidad efectiva neta planta, ya que su capacidad hidráulica no alcanza para generar por encima de los 19.9 MW.
Que XM mediante comunicación 202544025493-1 del 22 de diciembre de 2025, dio concepto favorable a la solicitud de cambio del parámetro capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente. E hizo las siguientes aclaraciones:
"Es importante aclarar que, con el cambio de capacidad efectiva neta (CEN) de las unidades, la CEN de la planta ÍNSULA no tendrá modificaciones y continuará siendo una planta no despachada centralmente de 19 MW de capacidad efectiva neta. Adicionalmente, y considerando que la planta permanecerá fuera del despacho centralizado, no resulta necesario realizar las pruebas de curva de carga. Se ha verificado que, tras el incremento de CEN, las unidades mantienen la capacidad de realizar control de tensión, dado que su potencia aparente es superior a el nuevo valor de CEN."
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 413 del 21 de enero de 2026 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de la capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula.
Que el Comité de Operación en la reunión 486 del 29 de enero de 2026 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1898 de 2024, EPM ESP solicitó al CND mediante comunicación con número de radicado en XM 202544028871-3 del 05 de diciembre de 2025, actualizar el parámetro capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula, con el objetivo de lograr en las situaciones donde no se puede generar con las 3 unidades a la vez por motivos de indisponibilidad de una de ellas, se pueda aumentar la generación de las otras, ya que estas tienen una capacidad de generación mayor a la que actualmente está declarada, esto no implica cambiar la capacidad efectiva neta planta, ya que su capacidad hidráulica no alcanza para generar por encima de los 19.9 MW.
Que XM mediante comunicación 202544025493-1 del 22 de diciembre de 2025, dio concepto favorable a la solicitud de cambio del parámetro capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente. E hizo las siguientes aclaraciones:
"Es importante aclarar que, con el cambio de capacidad efectiva neta (CEN) de las unidades, la CEN de la planta ÍNSULA no tendrá modificaciones y continuará siendo una planta no despachada centralmente de 19 MW de capacidad efectiva neta. Adicionalmente, y considerando que la planta permanecerá fuera del despacho centralizado, no resulta necesario realizar las pruebas de curva de carga. Se ha verificado que, tras el incremento de CEN, las unidades mantienen la capacidad de realizar control de tensión, dado que su potencia aparente es superior a el nuevo valor de CEN."
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 413 del 21 de enero de 2026 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de la capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula.
Que el Comité de Operación en la reunión 486 del 29 de enero de 2026 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación del cambio de la capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula, así:

El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 10 de febrero de 2026 para la operación del 11 de febrero de 2026.
Aprobar la incorporación del cambio de la capacidad efectiva neta de las unidades 1, 2 y 3 de la planta Insula, así:

El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 10 de febrero de 2026 para la operación del 11 de febrero de 2026.
