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| Acuerdo 2085 Por el cual se aprueba ampliación del plazo para la actualización de la información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Ituango | ||
| Acuerdo Número:
2085 |
Fecha de expedición:
15 Enero, 2026 |
Fecha de entrada en vigencia:
15 Enero, 2026 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento interno y según lo aprobado en la reunión No. 821 del 15 de enero de 2026, y |
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Que mediante el Acuerdo 565 de 2012 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses utilizados directa o indirectamente para la generación de energía eléctrica, el cual fue sustituido por los Acuerdos 1287 de 2020 y 1853, 1861 de 2024 y 1884 de 2024. A la fecha se encuentra vigente el Acuerdo 2042 de 2025.
Que en el numeral 8 del Acuerdo 2042 de 2025, sobre batimetrías de embalses nuevos, se prevé lo siguiente:
"8. Batimetrías de embalses nuevos Para los embalses nuevos se adoptarán los volúmenes característicos, calculados con base en el último levantamiento topográfico o batimétrico. Para la batimetría inicial de los embalses nuevos, los trabajos de campo deberán comenzar a más tardar dos (2) años después de la fecha de entrada en operación comercial de la primera unidad de generación de la planta asociada a dicho embalse. En el caso de un embalse, construido para una planta existente, este tiempo se contará a partir de la fecha en que el agua almacenada empiece a ser utilizada en dicha planta."
Que en el numeral 9 del Anexo del Acuerdo 2042 de 2025 sobre el procedimiento para el aplazamiento de las batimetrías, se prevé lo siguiente:
"En el caso de embalses nuevos, la solicitud deberá realizarse como mínimo dos (2) meses antes de cumplirse el plazo establecido en el numeral “Batimetrías de embalses nuevos” o del vencimiento del plazo previsto en el numeral 4.3 “Tiempo de ejecución del trabajo de campo y procesamiento de la información” del presente Acuerdo."
Que el embalse Ituango corresponde a un embalse nuevo, asociado a la Central Hidroeléctrica Ituango, cuya operación comercial inició el 1 de diciembre de 2022.
Que EPM inició con el levantamiento batimétrico el 30 de noviembre de 2024, cumpliendo con los tiempos exigidos en el numeral 8 del anexo del acuerdo 2042 de 2025 para embalses nuevos: “Para la batimetría inicial de los embalses nuevos, los trabajos de campo deberán comenzar a más tardar dos (2) años después de la fecha de entrada en operación comercial de la primera unidad de generación de la planta asociada a dicho embalse”, dado que la entrada en operación comercial de Ia Central Ituango fue el 1 de diciembre de 2022. Adicionalmente, el numeral 4.3 del Anexo del Acuerdo 2042 establece un plazo máximo de 18 meses desde el inicio de los trabajos de campo para completar el levantamiento, procesar la información, presentar al SURER y obtener la expedición del Acuerdo por el CNO. Por lo cual, el plazo se cumpliría el 30 de mayo de 2026.
Que EPM E.S.P. presentó en la reunión No. 566 del 11 de diciembre de 2025 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER – la solicitud de ampliación de plazo para la presentación de los resultados de la batimetría del embalse Ituango por 1 año. Lo anterior teniendo en cuenta que durante la ejecución de los trabajos se presentaron inconvenientes técnicos asociados a problemas en el ajuste vertical de las líneas de sondeo, derivados de afectaciones en el sistema de medición, que afectaron la calidad y confiabilidad de la información levantada. Debido a esto EPM requiere un plazo adicional para realizar el levantamiento del embalse, garantizando los criterios de confiabilidad de la información
Que en la reunión 566 del 11 de diciembre de 2025 el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER – dio concepto favorable a la solicitud de ampliación de plazo por un (1) año para la realización de la batimetría en el embalse Ituango.
Que el Comité de Operación en la reunión 485 del 18 de diciembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 565 de 2012 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses utilizados directa o indirectamente para la generación de energía eléctrica, el cual fue sustituido por los Acuerdos 1287 de 2020 y 1853, 1861 de 2024 y 1884 de 2024. A la fecha se encuentra vigente el Acuerdo 2042 de 2025.
Que en el numeral 8 del Acuerdo 2042 de 2025, sobre batimetrías de embalses nuevos, se prevé lo siguiente:
"8. Batimetrías de embalses nuevos Para los embalses nuevos se adoptarán los volúmenes característicos, calculados con base en el último levantamiento topográfico o batimétrico. Para la batimetría inicial de los embalses nuevos, los trabajos de campo deberán comenzar a más tardar dos (2) años después de la fecha de entrada en operación comercial de la primera unidad de generación de la planta asociada a dicho embalse. En el caso de un embalse, construido para una planta existente, este tiempo se contará a partir de la fecha en que el agua almacenada empiece a ser utilizada en dicha planta."
Que en el numeral 9 del Anexo del Acuerdo 2042 de 2025 sobre el procedimiento para el aplazamiento de las batimetrías, se prevé lo siguiente:
"En el caso de embalses nuevos, la solicitud deberá realizarse como mínimo dos (2) meses antes de cumplirse el plazo establecido en el numeral “Batimetrías de embalses nuevos” o del vencimiento del plazo previsto en el numeral 4.3 “Tiempo de ejecución del trabajo de campo y procesamiento de la información” del presente Acuerdo."
Que el embalse Ituango corresponde a un embalse nuevo, asociado a la Central Hidroeléctrica Ituango, cuya operación comercial inició el 1 de diciembre de 2022.
Que EPM inició con el levantamiento batimétrico el 30 de noviembre de 2024, cumpliendo con los tiempos exigidos en el numeral 8 del anexo del acuerdo 2042 de 2025 para embalses nuevos: “Para la batimetría inicial de los embalses nuevos, los trabajos de campo deberán comenzar a más tardar dos (2) años después de la fecha de entrada en operación comercial de la primera unidad de generación de la planta asociada a dicho embalse”, dado que la entrada en operación comercial de Ia Central Ituango fue el 1 de diciembre de 2022. Adicionalmente, el numeral 4.3 del Anexo del Acuerdo 2042 establece un plazo máximo de 18 meses desde el inicio de los trabajos de campo para completar el levantamiento, procesar la información, presentar al SURER y obtener la expedición del Acuerdo por el CNO. Por lo cual, el plazo se cumpliría el 30 de mayo de 2026.
Que EPM E.S.P. presentó en la reunión No. 566 del 11 de diciembre de 2025 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER – la solicitud de ampliación de plazo para la presentación de los resultados de la batimetría del embalse Ituango por 1 año. Lo anterior teniendo en cuenta que durante la ejecución de los trabajos se presentaron inconvenientes técnicos asociados a problemas en el ajuste vertical de las líneas de sondeo, derivados de afectaciones en el sistema de medición, que afectaron la calidad y confiabilidad de la información levantada. Debido a esto EPM requiere un plazo adicional para realizar el levantamiento del embalse, garantizando los criterios de confiabilidad de la información
Que en la reunión 566 del 11 de diciembre de 2025 el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER – dio concepto favorable a la solicitud de ampliación de plazo por un (1) año para la realización de la batimetría en el embalse Ituango.
Que el Comité de Operación en la reunión 485 del 18 de diciembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la actualización de la información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Ituango hasta el 30 de mayo de 2027 y ampliar la vigencia de los parámetros anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la actualización de la información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Ituango hasta el 30 de mayo de 2027 y ampliar la vigencia de los parámetros anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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