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| Acuerdo 2014 Por el cual se aprueba el documento "Criterios para la definición de estados operativos de los activos de la Red del Sistema Interconectado Nacional - SIN en la solicitud de consignaciones" | ||
| Acuerdo Número:
2014 |
Fecha de expedición:
14 Agosto, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
1 Enero, 2026 |
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Reglamento Interno, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y según lo aprobado en la reunión extraordinaria No. 806 del 14 de agosto de 2025 y, |
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Que en el artículo 4 de la Resolución CREG 065 de 2000, que modifica el numeral 2.1.1.3 del Código de Operación se prevé: “2.1.1.3 Coordinación de Mantenimientos y/o Desconexiones de Equipos de Generación. Las empresas propietarias u operadoras de unidades o plantas generadoras despachadas centralmente, ingresarán su programa de mantenimientos y/o desconexiones mediante un sistema de información desarrollado por el CND, con el propósito de garantizar la reserva de potencia necesaria para la operación confiable y segura del SIN, de acuerdo con los criterios y parámetros técnicos definidos en éste Código de Redes y en los acuerdos del CNO.”(…) “El CND presentará periódicamente ante el CNO los indicadores sobre la gestión de mantenimientos por parte de los agentes generadores. Estos indicadores serán los que apruebe el CNO y deberán ser reportados por el sistema de información."
Que en el artículo 6 de la Resolución CREG 065 de 2000, que modifica el numeral 2.1.1.4 del Código de Operación se prevé: “2.1.1.4 Coordinación de Mantenimientos y/o Desconexiones de Equipos de Transporte y Activos de Conexión del SIN. Los propietarios u operadores de los equipos del STN, las Interconexiones Internacionales de Nivel IV o superior, los Activos de Conexión al STN y los equipos de los STR y/o SDL que sean considerados como Consignación Nacional, ingresarán su programa de mantenimientos y/o desconexiones mediante un sistema de información desarrollado por el CND, con el propósito de garantizar la operación confiable y segura del SIN, de acuerdo con los criterios y parámetros técnicos definidos en éste Código de Redes y en los acuerdos del CNO.”(…) “El CND presentará periódicamente ante el CNO los indicadores sobre la gestión de mantenimientos por parte de los propietarios u operadores de los activos de transporte a que se refiere la presente norma. Estos indicadores serán los que apruebe el CNO y deberán ser reportados por el sistema de información."
Que en las reuniones del Grupo de Trabajo de revisión del Acuerdo 1803 se trabajó en un documento que establece un estándar para la solicitud de consignaciones de los activos de la red del SIN por parte de los agentes en el sistema de información proporcionado por XM (hoy SIO).
Que el Comité de Distribución y el Comité de Transmisión por correo electrónico del 1 de julio de 2025 y el Comité de Operación del 26 de junio de 2025, recomendaron la expedición del presente Acuerdo.
Que en el artículo 4 de la Resolución CREG 065 de 2000, que modifica el numeral 2.1.1.3 del Código de Operación se prevé: “2.1.1.3 Coordinación de Mantenimientos y/o Desconexiones de Equipos de Generación. Las empresas propietarias u operadoras de unidades o plantas generadoras despachadas centralmente, ingresarán su programa de mantenimientos y/o desconexiones mediante un sistema de información desarrollado por el CND, con el propósito de garantizar la reserva de potencia necesaria para la operación confiable y segura del SIN, de acuerdo con los criterios y parámetros técnicos definidos en éste Código de Redes y en los acuerdos del CNO.”(…) “El CND presentará periódicamente ante el CNO los indicadores sobre la gestión de mantenimientos por parte de los agentes generadores. Estos indicadores serán los que apruebe el CNO y deberán ser reportados por el sistema de información."
Que en el artículo 6 de la Resolución CREG 065 de 2000, que modifica el numeral 2.1.1.4 del Código de Operación se prevé: “2.1.1.4 Coordinación de Mantenimientos y/o Desconexiones de Equipos de Transporte y Activos de Conexión del SIN. Los propietarios u operadores de los equipos del STN, las Interconexiones Internacionales de Nivel IV o superior, los Activos de Conexión al STN y los equipos de los STR y/o SDL que sean considerados como Consignación Nacional, ingresarán su programa de mantenimientos y/o desconexiones mediante un sistema de información desarrollado por el CND, con el propósito de garantizar la operación confiable y segura del SIN, de acuerdo con los criterios y parámetros técnicos definidos en éste Código de Redes y en los acuerdos del CNO.”(…) “El CND presentará periódicamente ante el CNO los indicadores sobre la gestión de mantenimientos por parte de los propietarios u operadores de los activos de transporte a que se refiere la presente norma. Estos indicadores serán los que apruebe el CNO y deberán ser reportados por el sistema de información."
Que en las reuniones del Grupo de Trabajo de revisión del Acuerdo 1803 se trabajó en un documento que establece un estándar para la solicitud de consignaciones de los activos de la red del SIN por parte de los agentes en el sistema de información proporcionado por XM (hoy SIO).
Que el Comité de Distribución y el Comité de Transmisión por correo electrónico del 1 de julio de 2025 y el Comité de Operación del 26 de junio de 2025, recomendaron la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar el documento "Criterios para la definición de estados operativos de los activos de la Red del Sistema Interconectado Nacional - SIN en la solicitud de consignaciones" que se presenta como Anexo del presente Acuerdo, que hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir del 1 de enero de 2026.
Aprobar el documento "Criterios para la definición de estados operativos de los activos de la Red del Sistema Interconectado Nacional - SIN en la solicitud de consignaciones" que se presenta como Anexo del presente Acuerdo, que hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir del 1 de enero de 2026.
