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| Acuerdo 2078 Por el cual se actualiza la lista de firmas auditoras para la determinación del Factor de Conversión de Plantas Hidráulicas | ||
| Acuerdo Número:
2078 |
Fecha de expedición:
4 Diciembre, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
4 Diciembre, 2025 |
| Sustituye Acuerdo: | ||
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo General de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno, y según lo acordado en la reunión No. 819 del 4 de diciembre de 2025 y, |
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Que mediante el Acuerdo 160 de 2001 se expidió el Acuerdo por el cual se aprobó la preselección de firmas para la determinación del Factor de Conversión de Plantas Hidráulicas del SIN, el cual fue sustituido por el Acuerdo 576 de 2012. El Acuerdo 576 de 2012 fue sustituido por el Acuerdo 683 de 2014, y este último fue sustituido por el Acuerdo 975 de 2017. A la fecha se encuentra vigente el Acuerdo 1448 de 2021.
Que mediante el Acuerdo 1746 de 2023 el Consejo aprobó el procedimiento de integración y modificación de las listas que elabore el CNO.
Que la empresa ARTEC HIDRO HERNANDO ARTEAGA S.A.S. solicitó el ingreso a la lista de auditores del factor de conversión de las plantas hidráulicas y subió los documentos a la página WEB.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables por correo electrónico del 17 de octubre de 2025 dio su concepto favorable al ingreso de la empresa ARTEC HIDRO HERNANDO ARTEAGA S.A.S. a la lista de auditores del factor de conversión de las plantas hidráulicas.
Que el Comité de Operación por correo electrónico del 1 y 2 de diciembre de 2025 recomendó al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 160 de 2001 se expidió el Acuerdo por el cual se aprobó la preselección de firmas para la determinación del Factor de Conversión de Plantas Hidráulicas del SIN, el cual fue sustituido por el Acuerdo 576 de 2012. El Acuerdo 576 de 2012 fue sustituido por el Acuerdo 683 de 2014, y este último fue sustituido por el Acuerdo 975 de 2017. A la fecha se encuentra vigente el Acuerdo 1448 de 2021.
Que mediante el Acuerdo 1746 de 2023 el Consejo aprobó el procedimiento de integración y modificación de las listas que elabore el CNO.
Que la empresa ARTEC HIDRO HERNANDO ARTEAGA S.A.S. solicitó el ingreso a la lista de auditores del factor de conversión de las plantas hidráulicas y subió los documentos a la página WEB.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables por correo electrónico del 17 de octubre de 2025 dio su concepto favorable al ingreso de la empresa ARTEC HIDRO HERNANDO ARTEAGA S.A.S. a la lista de auditores del factor de conversión de las plantas hidráulicas.
Que el Comité de Operación por correo electrónico del 1 y 2 de diciembre de 2025 recomendó al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Actualizar la lista de firmas auditoras para la determinación del Factor de Conversión de plantas hidráulicas del Sistema Interconectado Nacional así:
1. Sedic S.A.
2. Integral S.A.
3. Estudios Técnicos S.A.S.
4. Consorcio Factores de Conversión Ingetec
5. Artec Hidro Hernando Arteaga S.A.S.
El Consejo Nacional de Operación podrá mediante Acuerdos posteriores modificar la lista de firmas auditoras para la determinación del Factor de Conversión de Plantas Hidráulicas del Sistema Interconectado Nacional, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Acuerdo 1746 de 2023.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 1448 de 2021.
Actualizar la lista de firmas auditoras para la determinación del Factor de Conversión de plantas hidráulicas del Sistema Interconectado Nacional así:
1. Sedic S.A.
2. Integral S.A.
3. Estudios Técnicos S.A.S.
4. Consorcio Factores de Conversión Ingetec
5. Artec Hidro Hernando Arteaga S.A.S.
El Consejo Nacional de Operación podrá mediante Acuerdos posteriores modificar la lista de firmas auditoras para la determinación del Factor de Conversión de Plantas Hidráulicas del Sistema Interconectado Nacional, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Acuerdo 1746 de 2023.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 1448 de 2021.
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