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| Acuerdo 2072 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad Termoyopal G5 | ||
| Acuerdo Número:
2072 |
Fecha de expedición:
4 Diciembre, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
4 Diciembre, 2025 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 819 del 4 de diciembre de 2025 y, |
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Que mediante el Acuerdo 2016 de 2025 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 5 del Anexo 1 del Acuerdo 2016 de 2025 "La vigencia de los resultados de la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta es de cinco (5) años contados a partir de la fecha de la realización de la prueba auditada. Parágrafo: En caso de ampliarse el plazo para la realización de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico, la vigencia de los resultados de la misma, se ampliará en el mismo plazo de realización de la prueba, aprobado mediante Acuerdo CNO.” y la última prueba auditada de la unidad Termoyopal G5 el 3 de febrero de 2021.
Que en la reunión 410 del 19 de noviembre de 2025 del Subcomité de Plantas, ALTIA ENERGY solicitó el aplazamiento de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad Termoyopal G5 hasta el 16 de enero de 2027, debido a la reprogramación del mantenimiento de la unidad Termoyopal G5, que incluye cambio de álabes de compresor de alta presión, turbina de alta y turbina de baja presión, mantenimiento que se aplazó por demora en la cadena de abastecimiento de General Electric”.
Que el Subcomité de Plantas en la reunion 410 del 19 de noviembre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad Termoyopal G5 hasta el 16 de enero de 2027.
Que el Comité de Operación en la reunión 483 del 27 de noviembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 2016 de 2025 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 5 del Anexo 1 del Acuerdo 2016 de 2025 "La vigencia de los resultados de la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta es de cinco (5) años contados a partir de la fecha de la realización de la prueba auditada. Parágrafo: En caso de ampliarse el plazo para la realización de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico, la vigencia de los resultados de la misma, se ampliará en el mismo plazo de realización de la prueba, aprobado mediante Acuerdo CNO.” y la última prueba auditada de la unidad Termoyopal G5 el 3 de febrero de 2021.
Que en la reunión 410 del 19 de noviembre de 2025 del Subcomité de Plantas, ALTIA ENERGY solicitó el aplazamiento de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad Termoyopal G5 hasta el 16 de enero de 2027, debido a la reprogramación del mantenimiento de la unidad Termoyopal G5, que incluye cambio de álabes de compresor de alta presión, turbina de alta y turbina de baja presión, mantenimiento que se aplazó por demora en la cadena de abastecimiento de General Electric”.
Que el Subcomité de Plantas en la reunion 410 del 19 de noviembre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad Termoyopal G5 hasta el 16 de enero de 2027.
Que el Comité de Operación en la reunión 483 del 27 de noviembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad Termoyopal G5 hasta el 16 de enero de 2027 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad Termoyopal G5 hasta el 16 de enero de 2027 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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