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| Acuerdo 2068 Por el cual se aprueba la incorporación de la actualización del factor de conversión mediano de la planta Playas | ||
| Acuerdo Número:
2068 |
Fecha de expedición:
27 Noviembre, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
1 Diciembre, 2025 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión extraordinaria No. 818 del 27 de noviembre de 2025, y |
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Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó la modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1419 de 2021, y a partir del 2 de marzo de 2023 por el Acuerdo 1671 de 2023.
Que dando cumplimiento al Acuerdo 694 de 2014, mediante el Acuerdo 1200 del 4 de julio de 2019 se aprobó la incorporación de un cambio en el factor de conversión de la central hidroeléctrica Playas.
Que en el numeral 5 del Acuerdo 694 de 2014 se prevé lo siguiente sobre la vigencia del parámetro factor de conversión:
"La curva "Cota vs. Factor de Conversión" tendrá una vigencia de seis (6) años, contada a partir del último día del mes siguiente a aquel en el que se realizó la última medición con base en la cual se estableció la curva vigente."
Que la vigencia del parámetro factor de conversión de la central Playas vencía el 31 de Mayo de 2025, teniendo en cuenta que la última medición se realizó el 10 de abril de 2019, bajo la vigencia del Acuerdo 694 de 2014.
Que mediante el Acuerdo 1945 de 2025 se aprobó la ampliación del plazo para la estimación del factor de conversión de la central hidroeléctrica Playas hasta el 31 de mayo de 2026 y amplió la vigencia de la curva Cota vs Factor de Conversión hasta la misma fecha.
Que EPM E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 1898 de 2024, mediante comunicación con el número XM 202544025177-3 del 27 de octubre de 2025 solicitó a XM su concepto sobre la actualización del factor de conversión mediano de la planta de generación Playas, como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 1671 de 2023.
Que XM mediante comunicación 202544022238-1 del 10 de noviembre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión mediano de la planta Playas, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que en la reunión 410 del Subcomité de Plantas y en la reunión extraordinaria 565 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER del 19 y 24 de noviembre de 2025 respectivamente; se emitió concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión de la planta Playas.
Que el Comité de Operación en la reunión 483 del 27 de noviembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó la modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1419 de 2021, y a partir del 2 de marzo de 2023 por el Acuerdo 1671 de 2023.
Que dando cumplimiento al Acuerdo 694 de 2014, mediante el Acuerdo 1200 del 4 de julio de 2019 se aprobó la incorporación de un cambio en el factor de conversión de la central hidroeléctrica Playas.
Que en el numeral 5 del Acuerdo 694 de 2014 se prevé lo siguiente sobre la vigencia del parámetro factor de conversión:
"La curva "Cota vs. Factor de Conversión" tendrá una vigencia de seis (6) años, contada a partir del último día del mes siguiente a aquel en el que se realizó la última medición con base en la cual se estableció la curva vigente."
Que la vigencia del parámetro factor de conversión de la central Playas vencía el 31 de Mayo de 2025, teniendo en cuenta que la última medición se realizó el 10 de abril de 2019, bajo la vigencia del Acuerdo 694 de 2014.
Que mediante el Acuerdo 1945 de 2025 se aprobó la ampliación del plazo para la estimación del factor de conversión de la central hidroeléctrica Playas hasta el 31 de mayo de 2026 y amplió la vigencia de la curva Cota vs Factor de Conversión hasta la misma fecha.
Que EPM E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 1898 de 2024, mediante comunicación con el número XM 202544025177-3 del 27 de octubre de 2025 solicitó a XM su concepto sobre la actualización del factor de conversión mediano de la planta de generación Playas, como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 1671 de 2023.
Que XM mediante comunicación 202544022238-1 del 10 de noviembre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión mediano de la planta Playas, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que en la reunión 410 del Subcomité de Plantas y en la reunión extraordinaria 565 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER del 19 y 24 de noviembre de 2025 respectivamente; se emitió concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión de la planta Playas.
Que el Comité de Operación en la reunión 483 del 27 de noviembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio del factor de conversión mediano de la planta de generación Playas así:
Planta | Parámetro para modificar | Valor actual (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
Playas | Factor de conversión mediano (MW/m3/s) | 1.721 | 1.7338 |
| Ecuación del factor de conversión | y=0,011507 * (NE Nivel del embalse m.s.n.m) - 9,484 | ||
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 30 de noviembre de 2025 para la operación del 1 de diciembre de 2025.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio del factor de conversión mediano de la planta de generación Playas así:
Planta | Parámetro para modificar | Valor actual (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
Playas | Factor de conversión mediano (MW/m3/s) | 1.721 | 1.7338 |
| Ecuación del factor de conversión | y=0,011507 * (NE Nivel del embalse m.s.n.m) - 9,484 | ||
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 30 de noviembre de 2025 para la operación del 1 de diciembre de 2025.
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