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| Acuerdo 2067 Por el cual se aprueba la incorporación de la actualización del factor de conversión mediano de la planta San Miguel | ||
| Acuerdo Número:
2067 |
Fecha de expedición:
27 Noviembre, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
1 Diciembre, 2025 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión extraordinaria No. 818 del 27 de noviembre de 2025, y |
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Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó la modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1419 de 2021, y a partir del 2 de marzo de 2023 por el Acuerdo 1671 de 2023.
Que dando cumplimiento al Acuerdo 694 de 2014, mediante el Acuerdo 1261 del 10 de enero de 2020 se aprobó la incorporación de un cambio en el factor de conversión de la central hidroeléctrica San Miguel.
Que en el numeral 5 del Acuerdo 694 de 2014 se prevé lo siguiente sobre la vigencia del parámetro factor de conversión:
"La curva "Cota vs. Factor de Conversión" tendrá una vigencia de seis (6) años, contada a partir del último día del mes siguiente a aquel en el que se realizó la última medición con base en la cual se estableció la curva vigente."
Que la vigencia del parámetro factor de conversión de la central San Miguel vence el 30 de noviembre de 2025, teniendo en cuenta que la última medición se realizó el 9 de octubre de 2019.
Que ISAGEN S.A E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 1898 de 2024, mediante comunicación con el número XM 202544024311-3 del 17 de octubre de 2025 solicitó a XM su concepto sobre la actualización del factor de conversión mediano de la planta de generación San Miguel, como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 1671 de 2023.
Que XM mediante comunicación 202544021258-1 del 28 de octubre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión mediano de la planta San Miguel, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que en la reunión 564 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER y 410 del Subcomité de Plantas del 13 y 19 de noviembre de 2025 respectivamente; se emitió concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión de la planta San Miguel.
Que el Comité de Operación en la reunión 483 del 27 de noviembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó la modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1419 de 2021, y a partir del 2 de marzo de 2023 por el Acuerdo 1671 de 2023.
Que dando cumplimiento al Acuerdo 694 de 2014, mediante el Acuerdo 1261 del 10 de enero de 2020 se aprobó la incorporación de un cambio en el factor de conversión de la central hidroeléctrica San Miguel.
Que en el numeral 5 del Acuerdo 694 de 2014 se prevé lo siguiente sobre la vigencia del parámetro factor de conversión:
"La curva "Cota vs. Factor de Conversión" tendrá una vigencia de seis (6) años, contada a partir del último día del mes siguiente a aquel en el que se realizó la última medición con base en la cual se estableció la curva vigente."
Que la vigencia del parámetro factor de conversión de la central San Miguel vence el 30 de noviembre de 2025, teniendo en cuenta que la última medición se realizó el 9 de octubre de 2019.
Que ISAGEN S.A E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 1898 de 2024, mediante comunicación con el número XM 202544024311-3 del 17 de octubre de 2025 solicitó a XM su concepto sobre la actualización del factor de conversión mediano de la planta de generación San Miguel, como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 1671 de 2023.
Que XM mediante comunicación 202544021258-1 del 28 de octubre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión mediano de la planta San Miguel, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que en la reunión 564 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER y 410 del Subcomité de Plantas del 13 y 19 de noviembre de 2025 respectivamente; se emitió concepto favorable a la solicitud de actualización del factor de conversión de la planta San Miguel.
Que el Comité de Operación en la reunión 483 del 27 de noviembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio del factor de conversión mediano de la planta de generación San Miguel, así:
Planta | Parámetro para modificar | Valor actual (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
San Miguel | Factor de conversión mediano (MW/m3/s) | 1.4068 | 1.4933 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 30 de noviembre de 2025 para la operación del 1 de diciembre de 2025.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio del factor de conversión mediano de la planta de generación San Miguel, así:
Planta | Parámetro para modificar | Valor actual (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
San Miguel | Factor de conversión mediano (MW/m3/s) | 1.4068 | 1.4933 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 30 de noviembre de 2025 para la operación del 1 de diciembre de 2025.
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