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| Acuerdo 2059 Por el cual se aprueba la incorporación de un cambio de los modelos del generador asociados a las centrales Guajira 1 y Guajira 2 | ||
| Acuerdo Número:
2059 |
Fecha de expedición:
6 Noviembre, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
12 Noviembre, 2025 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 815 del 6 de noviembre de 2025 y, |
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Que en el Acuerdo 1825 de 2024 se establecieron los requerimientos para la obtención y validación de parámetros del generador y los modelos del sistema de excitación, control de velocidad/potencia y estabilizadores de sistemas de potencia de las unidades de generación sincrónicas del SIN despachadas centralmente, y se definen las pautas para las pruebas y reajustes de los controles de generación.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1898 de 2024, GECELCA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con números de radicado XM 202544021628-3 y 202544022155-3 del 15 y 22 de septiembre de 2025, respectivamente, actualizar los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación 202544018926-1 del 28 de septiembre de 2025, dio concepto favorable a la solicitud de actualización de los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 328 del 14 de octubre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de actualización de los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2.
Que el Comité de Operación en la reunión 481 del 28 de octubre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que en el Acuerdo 1825 de 2024 se establecieron los requerimientos para la obtención y validación de parámetros del generador y los modelos del sistema de excitación, control de velocidad/potencia y estabilizadores de sistemas de potencia de las unidades de generación sincrónicas del SIN despachadas centralmente, y se definen las pautas para las pruebas y reajustes de los controles de generación.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1898 de 2024, GECELCA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con números de radicado XM 202544021628-3 y 202544022155-3 del 15 y 22 de septiembre de 2025, respectivamente, actualizar los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación 202544018926-1 del 28 de septiembre de 2025, dio concepto favorable a la solicitud de actualización de los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 328 del 14 de octubre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de actualización de los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2.
Que el Comité de Operación en la reunión 481 del 28 de octubre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación de los cambios en los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2, como se muestra en los Anexos del presente Acuerdo que hacen parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 11 de noviembre de 2025 para la operación del 12 de noviembre de 2025.
Aprobar la incorporación de los cambios en los modelos de control de los limitadores de sobreexcitación (OEL) y subexcitación (UEL) de las centrales Guajira 1 y Guajira 2, como se muestra en los Anexos del presente Acuerdo que hacen parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 11 de noviembre de 2025 para la operación del 12 de noviembre de 2025.
