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| Acuerdo 2026 Por el cual se aprueba la actualización de las series hidrológicas de los ríos del SIN | ||
| Acuerdo Número:
2026 |
Fecha de expedición:
4 Septiembre, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
4 Septiembre, 2025 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 808 del 4 de septiembre de 2025 y, |
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Que mediante el Acuerdo CNO 1420 de 2021 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que el numeral 5.3 del Acuerdo 1420 prevé el procedimiento de actualización anual de la Información Hidrológica Inicial e Histórica.
Que mediante el Acuerdo 2010 de 2025 se aprobó la ampliación del plazo para la entrega de la actualización de la serie hidrológica asociada a la central Cucuana (series Cucuana y desviación San Marcos) y a la central Bajo Anchicayá (serie Digua) hasta el 31 de julio de 2026.
Que mediante el Acuerdo 2011 de 2025 se aprobó la ampliación del plazo para la entrega de la actualización de las series hidrológicas asociadas con la central Quimbo hasta el 31 de julio de 2026.
Que en cumplimiento del Acuerdo 1420, las empresas EPM, ISAGEN, AES COLOMBIA, CELSIA, URRÁ, ENEL COLOMBIA e HIDRALPOR, entregaron al CND, al Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) y al CNO, la información de caudales medios mensuales del periodo comprendido entre MAYO del año 2023 y ABRIL del año 2024 de las siguientes series: Concepción, Grande2, Guadalupe, Guatapé, Nare CP, Tenche, Porce2 CP, Porce 3, Ituango, Nechí, Pajarito, Dolores, Quebradona, Cañasgordas, San Carlos, San Lorenzo, Miel I, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Calderas, Tafetanes, San Miguel, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoelegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Chuza, Faguaalicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya (Saucio), Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá N.R., Guavio, Batatas, Chivor, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo y Escuela de Minas.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) en la reunión extraordinaria 560 del 21 de agosto de 2025 conceptuó que las empresas mencionadas en el considerando segundo cumplieron satisfactoriamente con el procedimiento de actualización de información hidrológica, establecido por el CNO mediante Acuerdo CNO 1420 y que las empresas declararon que los procedimientos y métodos de medición y cálculo no habían sido modificados después de su última presentación al Subcomité.
Que el Comité de Operación en la reunión 475 del 2 de septiembre de 2025 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo CNO 1420 de 2021 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que el numeral 5.3 del Acuerdo 1420 prevé el procedimiento de actualización anual de la Información Hidrológica Inicial e Histórica.
Que mediante el Acuerdo 2010 de 2025 se aprobó la ampliación del plazo para la entrega de la actualización de la serie hidrológica asociada a la central Cucuana (series Cucuana y desviación San Marcos) y a la central Bajo Anchicayá (serie Digua) hasta el 31 de julio de 2026.
Que mediante el Acuerdo 2011 de 2025 se aprobó la ampliación del plazo para la entrega de la actualización de las series hidrológicas asociadas con la central Quimbo hasta el 31 de julio de 2026.
Que en cumplimiento del Acuerdo 1420, las empresas EPM, ISAGEN, AES COLOMBIA, CELSIA, URRÁ, ENEL COLOMBIA e HIDRALPOR, entregaron al CND, al Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) y al CNO, la información de caudales medios mensuales del periodo comprendido entre MAYO del año 2023 y ABRIL del año 2024 de las siguientes series: Concepción, Grande2, Guadalupe, Guatapé, Nare CP, Tenche, Porce2 CP, Porce 3, Ituango, Nechí, Pajarito, Dolores, Quebradona, Cañasgordas, San Carlos, San Lorenzo, Miel I, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Calderas, Tafetanes, San Miguel, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoelegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Chuza, Faguaalicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya (Saucio), Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá N.R., Guavio, Batatas, Chivor, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo y Escuela de Minas.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) en la reunión extraordinaria 560 del 21 de agosto de 2025 conceptuó que las empresas mencionadas en el considerando segundo cumplieron satisfactoriamente con el procedimiento de actualización de información hidrológica, establecido por el CNO mediante Acuerdo CNO 1420 y que las empresas declararon que los procedimientos y métodos de medición y cálculo no habían sido modificados después de su última presentación al Subcomité.
Que el Comité de Operación en la reunión 475 del 2 de septiembre de 2025 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la actualización del periodo mayo 2024 – abril 2025 de las series hidrológicas Concepción, Grande2, Guadalupe, Guatapé, Nare CP, Tenche, Porce2 CP, Porce 3, Ituango, Nechí, Pajarito, Dolores, Quebradona, Cañasgordas, San Carlos, San Lorenzo, Miel I, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Calderas, Tafetanes, San Miguel, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoelegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Chuza, Faguaalicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya (Saucio), Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá N.R., Guavio, Batatas, Chivor, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo y Escuela de Minas.
Esta información se encuentra en el Anexo del presente Acuerdo y hace parte integral del mismo.
Las actualizaciones de que trata el presente Acuerdo adicionan y complementan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas como las series hidrológicas históricas en el planeamiento operativo energético.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la actualización del periodo mayo 2024 – abril 2025 de las series hidrológicas Concepción, Grande2, Guadalupe, Guatapé, Nare CP, Tenche, Porce2 CP, Porce 3, Ituango, Nechí, Pajarito, Dolores, Quebradona, Cañasgordas, San Carlos, San Lorenzo, Miel I, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Calderas, Tafetanes, San Miguel, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoelegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Chuza, Faguaalicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya (Saucio), Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá N.R., Guavio, Batatas, Chivor, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo y Escuela de Minas.
Esta información se encuentra en el Anexo del presente Acuerdo y hace parte integral del mismo.
Las actualizaciones de que trata el presente Acuerdo adicionan y complementan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas como las series hidrológicas históricas en el planeamiento operativo energético.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
