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| Acuerdo 2025 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo de la vigencia de los resultados de la batimetría del embalse Troneras | ||
| Acuerdo Número:
2025 |
Fecha de expedición:
4 Septiembre, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
4 Septiembre, 2025 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 808 del 4 de septiembre de 2025, y |
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Que mediante el Acuerdo 1287 de 2020 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente.
Que en el artículo 2 de Acuerdo 1287 de 2020 se establecía: “Los resultados de la batimetría tendrán una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición del Acuerdo por el cual se apruebe la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes de los embalses.
Que mediante el Acuerdo 1482 del 22 de noviembre de 2021 se aprobó la actualización de información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Troneras.
Que en el numeral 5 del Acuerdo 1287 de 2020 se preveía lo siguiente:
(...) "cuando el resultado de la batimetría evidencie una pérdida igual o superior al 1% anual en el volumen útil del embalse respecto a la anterior batimetría realizada, la vigencia de los resultados de la batimetría será de (3) tres años."
Que según lo establecido en el numeral 5 del Anexo del Acuerdo 1287 los resultados de la batimetría del embalse Troneras tienen una vigencia de 3 años contados a partir de la fecha de expedición del Acuerdo 1482, es decir, hasta el 22 de noviembre de 2024.
Que teniendo en cuenta lo previsto en el Acuerdo 1287 de 2020; mediante el Acuerdo 1841 de 2024 se aprobó la ampliación del plazo para la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Troneras hasta el 22 de noviembre de 2025 y se amplió la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
Que mediante el Acuerdo 1884 de 2024 se aprobó la actualización del procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente.
Que en el numeral 9 del Anexo del Acuerdo 1841 de 2024, sobre Trámite de solicitud de ampliación de plazo, se prevé que "El agente podrá hacer varias solicitudes de ampliación del plazo para la realización de las pruebas de batimetría de un embalse, siempre y cuando la suma de los aplazamientos no exceda el plazo máximo de dos (2) años. Las solicitudes de ampliación de plazo deben hacerse como mínimo dos (2) meses antes de la fecha de vencimiento de la vigencia de los resultados de la batimetría."
Que Empresas Públicas de Medellín E.S.P siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 9 del Anexo del Acuerdo 1841 de 2024, presentó en la reunión 559 del 11 de agosto de 2025 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER – la solicitud de ampliación de plazo para la presentación de los resultados de la batimetría del embalse Troneras por 1 año. Lo anterior, teniendo en cuenta que, durante el procesamiento de los datos recolectados entre abril y junio del presente año, se identificaron problemas de calidad que afectaron el ajuste vertical de las líneas levantadas. Debido a esto, con el objetivo de garantizar la calidad en la información, EPM requiere un plazo adicional, para evaluar con detalle los problemas identificados y definir si es necesario realizar un nuevo monitoreo completo del embalse.
Que en la reunión 559 del 11 de agosto de 2025 el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER dio concepto favorable a la solicitud de ampliación de plazo para la realización de las pruebas de batimetría en el embalse Troneras por 1 año.
Que el Comité de Operación en la reunión 475 del 2 de septiembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 1287 de 2020 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente.
Que en el artículo 2 de Acuerdo 1287 de 2020 se establecía: “Los resultados de la batimetría tendrán una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición del Acuerdo por el cual se apruebe la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes de los embalses.
Que mediante el Acuerdo 1482 del 22 de noviembre de 2021 se aprobó la actualización de información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Troneras.
Que en el numeral 5 del Acuerdo 1287 de 2020 se preveía lo siguiente:
(...) "cuando el resultado de la batimetría evidencie una pérdida igual o superior al 1% anual en el volumen útil del embalse respecto a la anterior batimetría realizada, la vigencia de los resultados de la batimetría será de (3) tres años."
Que según lo establecido en el numeral 5 del Anexo del Acuerdo 1287 los resultados de la batimetría del embalse Troneras tienen una vigencia de 3 años contados a partir de la fecha de expedición del Acuerdo 1482, es decir, hasta el 22 de noviembre de 2024.
Que teniendo en cuenta lo previsto en el Acuerdo 1287 de 2020; mediante el Acuerdo 1841 de 2024 se aprobó la ampliación del plazo para la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Troneras hasta el 22 de noviembre de 2025 y se amplió la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
Que mediante el Acuerdo 1884 de 2024 se aprobó la actualización del procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente.
Que en el numeral 9 del Anexo del Acuerdo 1841 de 2024, sobre Trámite de solicitud de ampliación de plazo, se prevé que "El agente podrá hacer varias solicitudes de ampliación del plazo para la realización de las pruebas de batimetría de un embalse, siempre y cuando la suma de los aplazamientos no exceda el plazo máximo de dos (2) años. Las solicitudes de ampliación de plazo deben hacerse como mínimo dos (2) meses antes de la fecha de vencimiento de la vigencia de los resultados de la batimetría."
Que Empresas Públicas de Medellín E.S.P siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 9 del Anexo del Acuerdo 1841 de 2024, presentó en la reunión 559 del 11 de agosto de 2025 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER – la solicitud de ampliación de plazo para la presentación de los resultados de la batimetría del embalse Troneras por 1 año. Lo anterior, teniendo en cuenta que, durante el procesamiento de los datos recolectados entre abril y junio del presente año, se identificaron problemas de calidad que afectaron el ajuste vertical de las líneas levantadas. Debido a esto, con el objetivo de garantizar la calidad en la información, EPM requiere un plazo adicional, para evaluar con detalle los problemas identificados y definir si es necesario realizar un nuevo monitoreo completo del embalse.
Que en la reunión 559 del 11 de agosto de 2025 el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER dio concepto favorable a la solicitud de ampliación de plazo para la realización de las pruebas de batimetría en el embalse Troneras por 1 año.
Que el Comité de Operación en la reunión 475 del 2 de septiembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Troneras hasta el 22 de noviembre de 2026 y ampliar la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Troneras hasta el 22 de noviembre de 2026 y ampliar la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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