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La Resolución CREG 061 de 1996 que modificó el numeral 2.2.4 del Código de Operación (Resolución CREG 025 de 1995) estableció que para el diseño del esquema EDAC se contemplaran entre otros, los siguientes aspectos:
 
“El manejo y distribución de la carga a desconectar será efectuado por áreas operativas, de forma tal que cada una de ellas cumpla con los porcentajes asignados. Asimismo, al interior de cada una de las áreas operativas se asignarán los porcentajes de desconexión por empresa distribuidora, el cual se calculará como la demanda del distribuidor sobre la demanda total del área operativa a que pertenezca.
 
Cada empresa distribuidora en coordinación con las comercializadoras que operen en su área de influencia, seleccionará los usuarios que estarán en las diferentes etapas de Desconexión Automática de Carga, excluyendo en lo posible a los usuarios no regulados aislables, excepto cuando esté comprometida la seguridad del sistema”. 
 
Para el reporte de la información se debe tener consideración especial con las siguientes situaciones:
 
Cuando en una misma barra del STR, se reflejan cargas de dos o más Operadores de Red.
 
Cargas pertenecientes a Operadores de Red inmersas en la red de otros Operadores de red.
 
El reporte de información de demanda de Operadores de Red que por su tamaño y configuración no pueden ajustar el 100% de las etapas del EDAC o cumplir con los porcentajes asignados por etapa. 
 
Cualquier otro especto que pudiera requerir de la coordinación entre los diferentes operadores de red para el correcto reporte de la información de la demanda comprometida en cada una de las etapas del EDAC, cumpliendo los valores asignados por etapa y por áreas operativas. 
 
Por lo anterior, recordamos la importancia de coordinar entre los diferentes Operadores de Red que conforman cada Mercado de Comercialización dentro cada una de las áreas operativas del Sistema, el reporte de las información de la demanda comprometida en el esquema por barra y por cada mercado de comercialización según lo establecido en el Acuerdo CNO 1019.
 
Para resolver dudas o solicitar aclaraciones de este proceso, por favor contactar la línea de Orientación a Clientes de XM, teléfono 3172929 de Medellín, digitando la opción 1 o remitirla por correo electrónico a la dirección info@xm.com.co
 
Cordialmente,

Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre