Reunión Extraordinaria CNO 801
Lista de asistencia
| Empresa | Nombre Asistente | Invitado | Miembro |
|---|---|---|---|
| CNO | Adriana Perez | SI | NO |
| CNO | Alberto Olarte | SI | NO |
| ENLAZA | Anyi Catalina Carrera | NO | SI |
| PROELECTRICA | Carlos Haydar | NO | SI |
| XM | Emma Maribel Salazar | NO | SI |
| TEBSA | Eduardo Ramos | NO | SI |
| ENERTOTAL SA ESP | Eliana Garzón | NO | SI |
| EPM | German Caicedo | NO | SI |
| Energía del Suroeste | Gabriel Jaime Ortega | NO | SI |
| ENEL Colombia | Gina Pastrana | NO | SI |
| ENLAZA | Jairo Pedraza | NO | SI |
| GECELCA | Juan Manuel Salas | NO | SI |
| AIR-E S.A.S. E.S.P. | Julian Gonzalez | NO | SI |
| ENLAZA | Miguel Mejía Uribe | NO | SI |
| ISAGEN | Mauricio Arango | NO | SI |
Agenda de reunión
| Verificación quórum | SI |
Desarrollo
| Punto de la agenda | Plan operativo | Objetivo | Acción | Presentación | Inclusión plan operativo |
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Recomendaciones del Comité Legal al CNO vinculación acción de tutela. |
NO |
Presentar al Consejo las recomendaciones del Comité Legal respecto a la acción de tutela presentada ante el Consejo de Estado. |
APROBACIÓN |
SI |
NO |
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Desarrollo
Se informó al CNO la necesidad de convocar una reunión extraordinaria, para presentar las recomendaciones del Comité Legal acerca de la respuesta a la vinculación del Consejo en el marco de la acción de tutela admitida por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado notificada al CNO el 10 de julio de 2025. El plazo para dar respuesta es de 3 días siguientes a la notificación del auto admisorio.
La Asesora Legal del C N O presentó los hechos más relevantes de la acción de tutela, en la que los tutelados son La Nación – Presidente de la República, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Minas y Energía, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) y la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). El objetivo de la acción de tutela es obtener amparo constitucional de los derechos fundamentales a la energía, la educación, la salud, la vivienda digna, la libertad de expresión e información y la libertad económica y de empresa, y los de todas las personas naturales y jurídicas que se encuentran en una situación similar. Esta acción de tutela persigue enervar las vulneraciones y amenazas de los derechos fundamentales, provenientes de un riesgo estructural en el sistema de energía, que las acciones y las omisiones de las entidades tuteladas han generado y que se describen en el capítulo de hechos.
Dentro de los hechos de la acción de tutela se encuentran algunos riesgos advertidos por el CNO mediante comunicaciones dirigidas a las autoridades sectoriales y presentaciones en reuniones CACSSE. Por lo anterior, y no obstante el CNO tiene una mención somera dentro de los hechos, el Comité Legal está de acuerdo con hacer las siguientes recomendaciones al CNO en su escrito de respuesta:
1. Dar respuesta dentro del plazo concedido de 3 días, en un escrito en el que se explique la naturaleza y las funciones legales del CNO, y se desvirtúe que su actuar de manera alguna ha contribuido a la vulneración del derecho fundamental a la energía y derechos conexos.
2. Con base en lo anterior, solicitar la desvinculación del proceso, y
3. Aportar las pruebas del cumplimiento del deber de advertir los riesgos de operación.
El Consejo acoge las dos primeras recomendaciones y de la tercera aprueba el envío de un grupo reducido y representativo de las comunicaciones enviadas en los últimos años, advirtiendo a las autoridades los riesgos para la operación segura y confiable del SIN. |
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Conclusiones
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| Presidente - German Caicedo | Secretario Técnico - Alberto Olarte |
