CNO no presencial 816
Agenda de reunión
| Verificación quórum | SI |
Desarrollo
| Punto de la agenda | Plan operativo | Objetivo | Acción | Presentación | Inclusión plan operativo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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1. APROBACION ACUERDO |
NO |
Se convoca CNO no presencial 816 que tiene como objetivo la aprobación del Acuerdo “Por el cual se aprueba la modificación del tiempo mínimo de generación, arranques programados por día y tiempo mínimo fuera de línea por parada programada de las unidades Tebsa 14 y Tebsa 24”. El acuerdo tiene concepto favorable del SPlantas y recomendación del Cooperación del día de hoy. |
APROBACIÓN |
NO |
NO |
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Desarrollo
Con el objeto de realizar la sesión N° 816 del CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO, bajo la modalidad de reunión no presencial, de conformidad con lo autorizado en el artículo 41 del Acuerdo CNO N° 1912 (Reglamento Interno) del 5 de diciembre de 2024 y lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 222 de 1995, pongo a su consideración el siguiente Acuerdo:
“Por el cual se aprueba la modificación del tiempo mínimo de generación, arranques programados por día y tiempo mínimo fuera de línea por parada programada de las unidades Tebsa 14 y Tebsa 24
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. XXX del XX de XXXX de 2025, y
CONSIDERANDO
1. Que TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 1898 de 2024, mediante comunicación con número de radicado en XM 202544026034-3 del 4 de noviembre de 2025, solicitó al CND la modificación del tiempo mínimo de generación, arranques programados por día, y del tiempo mínimo fuera de línea por parada programada de las unidades Tebsa 14 y Tebsa 24, debido a las acciones que tiene que emprender para mitigar los hallazgos durante el mantenimiento y mantener la integridad de dichas unidades. Durante el mantenimiento mayor de las Unidades ST14 Y ST24, en el cual se realiza una revisión completa de todo el conjunto generador y turbina de vapor por parte del fabricante General Electric Vernova (GEV) se detectó en la raíz del rotor de ambas unidades, ubicado en las dos últimas etapas de alabes de la turbina del lado de baja presión, múltiples fisuras con longitudes superiores a lo permitido, específicamente en la fila de álabes L1 en los flujos 11 (lado de turbina de alta presión) y 12 (lado del generador), hallazgos no detectados en revisiones previas. GEV indicó que se requiere un cambio/ajuste del régimen de operatividad de las unidades y sumamente necesario mantener una estricta química del vapor y la humedad bajo estricta supervisión; y concluyó que la causa más probable asociada a estas indicaciones encontradas es la fatiga bajo ciclos de carga (LCF) debido al alto volumen de arranques encontrados, donde en el periodo entre 2020-2025, estos se triplicaron. Por lo anterior, Tebsa acogio la recomendación de GEV de cambiar el rotor LP y continuar la recomendación de ingeniería de atender una extensión a 9000 OH o 50 arranques, lo que ocurra primero. Se requiere en consecuencia extender el tiempo del ciclado (tiempo en línea y fuera de línea) acorde con la especificado para estas unidades ST14 Y ST24, puesto que el límite de 50 arranques se presenta como el factor dominante para el parámetro.
2. Que XM mediante la comunicación 202544022105-1 del 10 de noviembre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del tiempo mínimo de generación, arranques programados por día, y del tiempo mínimo fuera de línea por parada programada de las unidades Tebsa 14 y Tebsa 24, así:
“…Con respecto a los cambios solicitados para las unidades TEBSA 14 y TEBSA 24, el Centro Nacional de Despacho, como responsable de la planeación, coordinación, supervisión y control de la operación integrada de los recursos del SIN, señala lo siguiente:
Bajo el entendimiento de que el ajuste de parámetros es la única acción identificada por TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P., para mantener la operación de las unidades y ante la conocida relevancia de estas unidades para la operación segura y confiable del área Caribe, se emite concepto favorable a la solicitud.
No obstante, se resalta que el cambio solicitado reduce la flexibilidad operativa de la plata TEBSA dentro del sistema, lo que podría incrementar los costos por restricciones y afectar la facilidad de realizar mantenimientos en el área. Por esta razón, se solicita al subcomité junto con el generador realizar el seguimiento correspondiente a las soluciones definitivas que permitan retornar a los parámetros originales en el menor tiempo posible, con el fin de recuperar la flexibilidad y eficiencia operativa actuales…”.
3. Que el Subcomité de Plantas en la reunión extraordinaria 409 del 10 de noviembre de 2025 dio concepto favorable a la modificación del tiempo mínimo fuera de línea por parada programada de las unidades Tebsa 14 y Tebsa 24, y resaltó que debido al retraso de la entrada de proyectos de expansión de red, el agotamiento generalizado de la red del Área Caribe y las restricciones impuestas por otros sectores, la modificación de parámetros como el tiempo mínimo fuera de línea y tiempo mínimo en línea de las plantas de generación convencionales, podrían impactar en las restricciones del Sistema e inflexibilizar el SIN.
Además en el subcomité se mencionó que la modificación es temporal mientras se realiza el cambio de rotor de las unidades ST-14 y ST-24 de TEBSA Ciclo Combinado y se hará seguimiento en los meses de junio y diciembre de los años siguientes.
4. Que el Comité de Operación en la reunión 482 del 11 de noviembre de 2025 recomendó la expedición de este Acuerdo.
ACUERDA:
1. Aprobar la actualización del tiempo mínimo de generación, arranques programados por día y tiempo mínimo fuera de línea por parada programada de las unidades Tebsa 14 y Tebsa 24, así:
2. El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el X de XXXX de 2025 para la operación del X de XXXXX de 2025.
Presidente - German Caicedo Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre
Manifestación de voto:
La manifestación de voto podrá remitirse por correo electrónico a: aolarte@cno.org.co
Atentamente,
ALBERTO OLARTE AGUIRRE Secretario Técnico CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN – CNO |
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Conclusiones
En respuesta a la anterior solicitud los miembros del Consejo Nacional de Operación manifestaron su voto mediante correo electrónico en la forma en que se indica en el siguiente cuadro, en el que también se incluyen las fechas en que fueron recibidas las comunicaciones de cada miembro y el sentido de cada voto así:
AUTORIZACIÓN: Con base en lo anterior, el CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN con el voto favorable de once de los doce miembros con capacidad de voto aprueban el acuerdo “Por el cual se aprueba la modificación del tiempo mínimo de generación, arranques programados por día y tiempo mínimo fuera de línea por parada programada de las unidades Tebsa 14 y Tebsa 24”.
En cumplimiento de establecido en el Acuerdo CNO N°1912 (Reglamento Interno) del 5 de diciembre de 2024, firman la presente acta el presidente y el secretario técnico, en señal de aprobación de la misma.
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| Presidente - German Caicedo | Secretario Técnico - Alberto Olarte |
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